El piso de Ganancias para los jubilados es $3,49 millones por mes en octubre: 19% más que la jubilación máxima de la ANSES
La ley reemplaza las deducciones de un jubilado por ocho haberes mínimos: $3.485.988 en octubre de 2026, según la tabla de ARCA. La jubilación máxima del sistema nacional es $2.932.175. Con una sola jubilación de la ANSES, y sin otros ingresos ni Bienes Personales, nadie llega al impuesto: lo pagan los haberes de regímenes especiales o quienes suman más de un ingreso.
ARCA cambió la forma en que litiga contra los jubilados que reclaman en la Justicia por las retenciones de Ganancias: dejó de apelar ciertas sentencias en contra, según contó El Cronista citando al estudio Dobias & Pisani. El mismo artículo aclara que la instrucción vale solo para los juicios ya iniciados y no suspende el cobro del impuesto. La pregunta de plata detrás es más simple: desde cuánto paga Ganancias un jubilado. Tiene respuesta en dos documentos oficiales.
El primero es la ley. El artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, en la redacción que le dio la Ley 27.743 de 2024, dice que para las jubilaciones, pensiones y retiros, la ganancia no imponible y la deducción especial se reemplazan por una sola deducción específica equivalente a ocho veces el haber mínimo garantizado. El segundo es la Resolución 284/2026 de la ANSES, publicada en el Boletín Oficial el 23 de septiembre, que fija el haber mínimo de octubre en $435.748,51.
Ocho por $435.748,51 dan $3.485.988,08 por mes. Es la misma cifra que publica ARCA en su tabla de la deducción específica de 2026, actualizada con la resolución de octubre. Un jubilado soltero, sin otros ingresos, que cobre menos que eso no tiene retención de Ganancias.
La misma resolución de la ANSES fija el haber máximo de octubre en $2.932.174,85. Es lo más que puede cobrar alguien con una jubilación del sistema nacional (el SIPA). El piso de Ganancias queda $553.813 más arriba: 18,9% por encima de la jubilación máxima. La relación no cambia de un mes a otro, porque las dos cifras se actualizan con el mismo porcentaje: el máximo es 6,73 haberes mínimos y la deducción, 8.
Tampoco cambia la cuenta con el aguinaldo, que también paga el impuesto. En un año, la jubilación máxima más el aguinaldo suman unos 87 haberes mínimos (13 cobros de 6,73), y la deducción acumulada de doce meses es de 96 (12 de 8). La jubilación máxima queda debajo aun así (cálculo propio, aproximado porque el mínimo cambia mes a mes).
La jubilación máxima no llega al piso de Ganancias
Haberes fijados por la ANSES y deducciones mensuales de Ganancias según ARCA.
La comparación con un trabajador también sale de las tablas de ARCA. Un asalariado soltero descuenta en el segundo semestre $501.639 por mes de ganancia no imponible y $2.407.869 de deducción especial: $2.909.508. El jubilado descuenta $3.485.988, un 19,8% más. En enero la diferencia era mayor (12,2%: $2.794.395 contra $2.490.038), porque la deducción del jubilado se mueve todos los meses con el haber mínimo y la del asalariado se actualiza dos veces por año, en enero y en julio, con la inflación del semestre.
La del jubilado sube todos los meses; la del asalariado, dos veces por año
Deducción específica del jubilado (ocho haberes mínimos) contra ganancia no imponible más deducción especial de un asalariado soltero.
Hace un año, en octubre de 2025, el haber mínimo era $326.298,38 (Resolución 317/2025 de la ANSES) y el piso, $2.610.387. Subió 33,5%, lo mismo que la inflación de agosto contra agosto: desde 2024 las jubilaciones se ajustan cada mes por el IPC del INDEC de dos meses antes, y el piso de Ganancias las sigue paso a paso.
△ La cocina del dato
Camino de verificación: documento oficial más recálculo, con dos organismos que coinciden. La cifra ancla es un monto legal, no una estadística: sale de multiplicar un número que fija la ANSES por el que fija la ley.
1. La norma. Artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado por el Decreto 824/2019, modificado por el artículo 71 de la Ley 27.743, BO 08/07/2024): para las rentas del inciso c) del artículo 82 (jubilaciones, pensiones y retiros), las deducciones de los incisos a) y c) "serán reemplazadas por una deducción específica equivalente a ocho (8) veces la suma de los haberes mínimos garantizados", siempre que esa suma supere a la de las deducciones reemplazadas.
2. El haber mínimo. Resolución 284/2026 de la ANSES (BO 23/09/2026, artículo 1): $435.748,51 desde octubre de 2026. Ocho veces eso: $3.485.988,08 (recálculo propio).
3. La tabla de ARCA. El documento "Deducción específica del artículo 30 de la ley del impuesto a las ganancias para el período 2026" lista, resolución por resolución, el haber mínimo de cada mes y ocho veces ese monto. Para octubre (Res. 284/2026) da $3.485.988,08 y un acumulado de enero a octubre de $31.608.903,36. Recalculamos los diez meses y coinciden al centavo. La condición de la ley también se cumple: la ganancia no imponible más la deducción especial de un asalariado acumuladas a octubre suman $26.578.258,57 (ARCA, tabla de julio a diciembre), menos que los $31.608.903,36 del jubilado.
4. El contraste. El Cronista informó un piso de unos $3.358.207 desde agosto: es el valor de la tabla de ARCA para agosto (8 por $419.775,93, Res. ANSES 232/2026).
Qué no afirmamos. No decimos cuántos jubilados pagan Ganancias: no encontramos un dato oficial publicado. La deducción no corre para quien tiene otros ingresos por encima de la ganancia no imponible ni para quien está obligado a pagar Bienes Personales (salvo que la obligación venga solo de la vivienda única): esas personas vuelven a las deducciones generales. Comparamos la deducción con el haber bruto; el cálculo exacto del impuesto de cada persona puede restar otros conceptos. Todas las cifras son nominales y no incluyen el bono de $70.000.
Para la enorme mayoría de los jubilados, Ganancias no es un tema: el haber medio de las jubilaciones del SIPA era de $739.544 en junio, según el INDEC, y el piso de ese mes era $3.226.544, 4,4 veces más. Para que un jubilado tenga retención tiene que darse alguna de estas situaciones: cobra un haber de un régimen especial que supera el máximo del sistema general, suma una jubilación y una pensión, o tiene otros ingresos o patrimonio que le hacen perder la deducción.
Según El Cronista, los alcanzados son sobre todo retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad, del Poder Judicial, del Servicio Exterior y de otros regímenes especiales. La decisión de ARCA de no seguir apelando les sirve a los que ya demandaron; al resto le sigue aplicando la tabla.
△ ¿Cómo te afecta?
Si sos jubilado y cobrás solo tu haber de la ANSES, y no pagás Bienes Personales, en octubre no te corresponde retención de Ganancias, cobres lo que cobres: el máximo es $2.932.175 y el piso, $3.485.988. Si ves una retención, revisá si tenés otro ingreso o si estás inscripto en Bienes Personales.
Si cobrás jubilación y pensión, las dos se suman para el impuesto. Con dos haberes altos se puede pasar el piso aunque ninguno lo pase solo.
Si trabajás en relación de dependencia y estás cerca de jubilarte, tu deducción de este semestre es $2.909.508 por mes si sos soltero; al jubilarte pasa a ser ocho haberes mínimos, que hoy es casi 20% más.
El piso, mes por mes en 2026 +
Haber mínimo y deducción específica (ocho veces), según ARCA: enero $349.299,32 → $2.794.394,56 (Res. ANSES 381/2025) · febrero $359.254,35 → $2.874.034,80 (21/2026) · marzo $369.600,88 → $2.956.807,04 (38/2026) · abril $380.319,31 → $3.042.554,48 (74/2026) · mayo $393.174,10 → $3.145.392,80 (110/2026) · junio $403.317,99 → $3.226.543,92 (139/2026) · julio $411.989,33 → $3.295.914,64 (186/2026) · agosto $419.775,93 → $3.358.207,44 (232/2026) · septiembre $428.633,20 → $3.429.065,60 (257/2026) · octubre $435.748,51 → $3.485.988,08 (284/2026). De enero a octubre, +24,7%.
Qué pasa si el jubilado tiene cónyuge o hijos +
La ley reemplaza solo la ganancia no imponible y la deducción especial. Las cargas de familia se siguen sumando: en el segundo semestre de 2026, ARCA fija $5.260.643,86 al año por cónyuge y $2.652.961,90 por hijo, si los familiares no tienen ingresos propios por encima de $5.585.736,93 anuales. Con esas deducciones, el piso de un jubilado con familia a cargo es todavía más alto.