La ley de Zona Fría salió hoy: un hogar de la zona ampliada con 30% de descuento que no entre al SEF va a pagar 42,9% más por el gas
La ley 27.828, publicada hoy en el Boletín Oficial, le quita la base legal a la tarifa diferencial que desde 2021 tenían Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Cuyo y Salta. En los cuadros oficiales de octubre esa tarifa es exactamente el 70% de la plena. El que la pierde y no entra al régimen de subsidios focalizados vuelve a pagar el 100%.
El Gobierno promulgó con el Decreto 1161/2026 y publicó hoy en el Boletín Oficial la ley 27.828, que el Senado sancionó el 24 de septiembre. Su artículo 3 deroga los artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 8 de la ley 27.637, la que en 2021 amplió el régimen de Zona Fría a zonas de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Salta y La Rioja. El artículo 4 de esa ley era el que les daba a esos hogares un cuadro tarifario de gas equivalente al 70% del pleno, y de 50% a los que cumplían criterios sociales (AUH, jubilados y asalariados con hasta cuatro salarios mínimos, monotributo social, electrodependientes, entre otros).
El régimen original de 2002 sigue igual: la Patagonia, el departamento de Malargüe y la Puna conservan su beneficio. Para el resto, la ley crea una bonificación "adicional por Zona Fría" dentro del SEF, solo para los hogares inscriptos en ese régimen y que vivan en las subzonas climáticas IIIa a VI. Para entrar, el hogar tiene que tener ingresos netos de hasta tres canastas básicas totales de un hogar tipo de cuatro personas, o un integrante con certificado del ReNaBaP o pensión de veterano de Malvinas; los hogares con certificado de discapacidad quedan sujetos a una evaluación de la Secretaría de Energía. Con la canasta de agosto, la última publicada al cierre de esta nota, el tope es $4.816.492 por mes.
La ley no fija el porcentaje de esa bonificación adicional ni la fecha en que cambian los cuadros. La tarifa diferencial perdió hoy su base legal, pero los cuadros vigentes del ente regulador (ENReGE), del 1° de octubre, todavía la tienen. Cuando se apliquen los nuevos, el que la pierde sin entrar al SEF va a pagar la tarifa plena: 42,9% más si tenía el 70%, y el doble si tenía el 50%.
El 42,9% no es una estimación: sale de la aritmética de los cuadros. En el archivo oficial de tarifas de octubre del ENReGE, en las diez subzonas de la ampliación, cada cargo de la tarifa "diferencial 70%" es exactamente el 70% del mismo cargo de la tarifa plena, en las nueve categorías residenciales. Volver de 70 a 100 es multiplicar por 1,4286.
En pesos, con una factura de ejemplo de 50 metros cúbicos en la categoría de menor consumo (R1), antes de impuestos, la diferencia va de unos $5.800 a unos $6.900 por factura según la distribuidora.
Con la tarifa plena, la misma factura cuesta 42,9% más en todas las subzonas de la ampliación
Factura de ejemplo: cargo fijo más 50 m³ al cargo variable, sin impuestos, en pesos. Arriba, la tarifa plena; abajo, la diferencial de 70%.
¿A cuántos hogares les toca? El único conteo oficial publicado es un informe de la Secretaría de Energía de febrero de 2024: la ampliación tenía 3.365.230 hogares con descuento, 1.718.034 con el de 30% y 1.647.196 con el de 50%. Otros 939.546 estaban en el régimen original, que sigue. Buenos Aires concentraba 1.317.340 de los de la ampliación; Córdoba, 712.602; Santa Fe, 563.531, y Mendoza, 421.965.
Cuatro de cada diez hogares de la ampliación estaban en la provincia de Buenos Aires
Hogares con tarifa diferencial por provincia, según el descuento que tenían.
Cuántos de esos 3,37 millones van a conservar alguna ayuda depende de cuántos estén inscriptos en el SEF, y ese número no está publicado. Por eso circulan cifras que parecen contradecirse: unas cuentan a todos los que tenían el descuento automático y otras solo a los que lo perderían del todo.
Para los que sí estén en el SEF también cambia la cuenta. Hasta hoy, el descuento de la Zona Fría se aplicaba sobre toda la tarifa: cargo fijo, transporte, distribución y gas. Los descuentos del SEF se aplican solo sobre el precio del gas (Decreto 943/2025, artículo 11). En la tarifa plena de Camuzzi en la provincia de Buenos Aires, el precio del gas es $214,29 de los $333,15 de cada metro cúbico: el 64%. El cargo fijo no tiene descuento.
△ La cocina del dato
Camino de verificación: dos documentos oficiales que coinciden, más el recálculo. El 42,9% no es una estadística: sale de un porcentaje fijado por ley y aplicado en un cuadro tarifario.
1. La ley que fijaba el 70%. El artículo 4 de la ley 27.637 (2021) dice que los cuadros tarifarios diferenciales de la ampliación "serán equivalentes al setenta por ciento (70%) de los cuadros tarifarios plenos", y de 50% para los usuarios con criterios de elegibilidad. El informe de la Secretaría de Energía de febrero de 2024 describe lo mismo desde el otro lado: descuento de 30% para los hogares generales de la ampliación y de 50% para los vulnerables, "sobre el cuadro tarifario".
2. El cuadro que lo aplica hoy. Bajamos el archivo de tarifas de gas natural vigentes desde el 01/10/2026 que publica el ENReGE y comparamos, renglón por renglón, la tarifa "Diferenciales 70%" con la "Plenas" de la misma subzona y categoría. En las diez subzonas que tienen tarifa de 70% (Bahía Blanca y Provincia de Buenos Aires de Camuzzi Pampeana; Provincia de Buenos Aires y Santa Fe de Litoral Gas; Buenos Aires Norte de Naturgy BAN; Córdoba y La Rioja y Catamarca de Ecogas Centro; Mendoza, San Juan y San Luis de Ecogas Cuyana; Salta de Naturgy NOA) y en las nueve categorías residenciales, el cargo fijo, el cargo variable y el precio del gas dan exactamente 0,70 de la plena. La de 50% da exactamente 0,50. Esos cuadros los aprobó el ENReGE con resoluciones publicadas en el Boletín Oficial del 01/10/2026 (por ejemplo, la 727/2026 para Camuzzi Gas Pampeana).
3. La ley que lo deroga. El artículo 3 de la ley 27.828 (Boletín Oficial de hoy) deroga el artículo 4 de la 27.637, y su artículo 12 dice que la ley rige desde su publicación. Lo leímos en el texto completo del Boletín Oficial, igual que el Decreto 1161/2026 que la promulga.
4. Se recalcula. 100 / 70 = 1,42857: 42,9% más. 100 / 50 = 2: el doble. Con los cargos publicados (redondeados a centavos), la factura de ejemplo sube entre 42,85% y 42,86% en las diez subzonas. El tope de ingresos: canasta básica total de un "Hogar 2" del INDEC en agosto de 2026, $1.605.497,35 (que es $519.578,43 por adulto equivalente por 3,09 unidades), por tres: $4.816.492,05.
Lo que no cierra. En el informe de la Secretaría de Energía, las diez provincias del régimen original suman 939.552 hogares y el total impreso dice 939.546: seis de diferencia. Usamos el total impreso. Las cifras de la ampliación (1.718.034 y 1.647.196) sí suman exacto. Para Córdoba, el informe da 712.602 hogares; en 2025 y 2026 el gobierno provincial y datos atribuidos a Ecogas hablaron de entre 600.000 y 680.000: mismo orden de magnitud, con dos años de diferencia.
Qué no afirmamos. No decimos cuánto va a pagar un hogar que entre al SEF: el porcentaje de la bonificación adicional por Zona Fría todavía no está fijado. No decimos cuándo cambian las facturas: la ley no da fecha y no encontramos una resolución del ENReGE con los cuadros nuevos. Los 42,9% son sobre la tarifa sin impuestos; el IVA y la mayoría de los tributos son un porcentaje de esa tarifa y suben en la misma proporción, pero algunas tasas locales pueden ser fijas. Tampoco listamos municipios: la ley no los nombra; define el beneficio por subzonas climáticas de la norma IRAM 11.603.
Porque el golpe se va a sentir más adelante que la noticia: la ley sale cuando termina el invierno, pero el cambio de régimen va a pesar en el próximo, cuando los hogares consumen más gas y cada punto de la tarifa se multiplica por más metros cúbicos. Un hogar que hoy paga el 70% y no se inscribe en el SEF no tiene un aumento gradual: pasa de un mes a otro a la tarifa plena.
Y porque el subsidio cambia de lógica. Hasta ahora alcanzaba con vivir en la zona: el descuento llegaba solo, sin trámite, y cubría toda la tarifa. Desde ahora depende de los ingresos del hogar y de estar inscripto, y cubre solo el precio del gas. El régimen se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas que pagan todos los usuarios del país, y la ley lo mantiene hasta 2031.
△ ¿Cómo te afecta?
Si vivís en la zona ampliada (por ejemplo, en el interior bonaerense, Córdoba, el sur de Santa Fe o Cuyo) y tu factura dice "Zona Fría" con 30% de descuento, cuando cambien los cuadros vas a pagar 42,9% más por el gas, salvo que entres al SEF. En la factura de ejemplo de 50 m³ son entre $5.800 y $6.900 más antes de impuestos.
Si tenías el 50% por ser jubilado, por la AUH o por otro criterio social, y el ingreso de tu hogar está debajo de tres canastas ($4.816.492 con el dato de agosto), lo que te conviene revisar es si estás inscripto en el SEF: es la puerta para la bonificación adicional. Si no estás, la tarifa se duplica.
Si vivís en la Patagonia, en Malargüe o en la Puna, la ley no te cambia el descuento: ese régimen sigue.
Los cargos de la categoría R1, plena y diferencial, subzona por subzona +
Cargo fijo / cargo variable por m³, tarifa diferencial de 70% → tarifa plena (octubre de 2026): Córdoba (Ecogas Centro) $3.436,70 / $254,63 → $4.909,57 / $363,75 · Mendoza (Ecogas Cuyana) $5.381,19 / $196,33 → $7.687,41 / $280,47 · San Juan $3.919,73 / $196,33 → $5.599,62 / $280,47 · San Luis $3.663,62 / $196,33 → $5.233,74 / $280,47 · Bahía Blanca (Camuzzi Pampeana) $4.283,09 / $222,84 → $6.118,70 / $318,34 · Provincia de Buenos Aires (Camuzzi Pampeana) $3.285,85 / $233,21 → $4.694,07 / $333,15 · Salta (Naturgy NOA) $4.259,49 / $222,26 → $6.084,99 / $317,51 · Santa Fe (Litoral Gas) $2.554,27 / $228,33 → $3.648,96 / $326,19 · Provincia de Buenos Aires (Litoral Gas) $2.701,84 / $228,33 → $3.859,77 / $326,19 · Buenos Aires Norte (Naturgy BAN) $2.601,71 / $219,14 → $3.716,73 / $313,05.
Cuánto del metro cúbico es precio del gas (lo único sobre lo que se aplican los descuentos del SEF), en la tarifa plena: entre $211,17 (Naturgy BAN) y $216,58 (Ecogas Centro) por m³, que es del 59,5% (Córdoba) al 77,2% (Cuyo) del cargo variable.
Qué es cada cosa +
Zona Fría: el régimen creado por el artículo 75 de la ley 25.565 (2002) para la Patagonia, Malargüe y la Puna, financiado con un recargo sobre el precio del gas que pagan todos los usuarios del país. La ley 27.637 (2021) lo amplió a las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI de la clasificación bioambiental de la norma IRAM 11.603 y lo prorrogó hasta 2031. Tarifa plena: la que paga un usuario sin ningún régimen de descuento. SEF: el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados del Decreto 943/2025, que unificó los subsidios nacionales a la energía y los reserva para hogares con ingresos de hasta tres canastas básicas totales y otros criterios. Consumo base: la cantidad de gas de cada mes que tiene descuento en el SEF; lo que se consume por encima se paga a precio pleno.
La misma ley 27.828 trae otros capítulos: el cruce de cuentas entre lo que el Estado les reconozca a las distribuidoras eléctricas por las leyes de emergencia y lo que le deben a CAMMESA, la prórroga del régimen de energías renovables hasta 2045 y el traslado automático del costo del gas a las tarifas. No son tema de esta nota.